TRASPASO DE FUNCIONES Y ATRIBUCIONES JURISDICCIONALES. En las ausencias temporales o accidentales no mayores de sesenta (60) días de los Oficiales titulares de cargos de jefatura, dirección o comando con jurisdicción y competencia dentro de la Justicia Penal Militar, bien sea por vacaciones, licencias, permisos, comisiones, enfermedad, muerte repentina o por desaparición, quienes la sucedan en el mando, asumirán de inmediato la plenitud de las funciones y atribuciones jurisdiccionales correspondientes a dichos cargos y quedan encargados de tales funciones sin necesidad de que se expida disposición alguna. Al efecto bastará que la novedad se ordene, autorice o registre en la Orden del Día de la Dirección General de la Policía Nacional.
Decreto 96 de 1989 →In force
Article 62
Decreto 96 de 1989 · Por el cual se reforma el estatuto de carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.