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Article 13

La Autorización De Que Trata El Artículo Anterior, Se Dará Con Base En La Constancia Que Expida La Entidad Pública Para La Cual Se Realice La Obra Y Que Especifique El Trayecto De La Vía, La Duración De Los Trabajos Y La Cantidad Máxima De Los Materiales De Construcción Que Habrán De Utilizarse

Decreto 2462 de 1989 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Código de Minas y el Decreto 507 de 1955 Incorporado a la legislación ordinaria por la Ley 141 de 1961

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01

Text of the article

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La autorización de que trata el artículo anterior, se dará con base en la constancia que expida la entidad pública para la cual se realice la obra y que especifique el trayecto de la vía, la duración de los trabajos y la cantidad máxima de los materiales de construcción que habrán de utilizarse.

02

Constitutional history

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