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Article 6

º

Decreto 1575 de 1997 · por el cual se establece la estructura interna de la Dirección Nacional de Estupefacientes y se determinan las funciones de sus dependencias.

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01

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º. División financiera. Son funciones de la División Financiera, las siguientes

1.

Organizar, supervisar y controlar la ejecución de las políticas financieras y presupuestales establecidas en la entidad.

2.

Ejecutar las operaciones financieras provenientes del Fondo de Rehabilitación, Inversión Social y la Lucha Contra el Crimen Organizado.

3.

Elaborar los estudios para proponer los planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal de la entidad.

4.

Coordinar el proceso de ejecución y control de los recursos financieras de la entidad así como la elaboración y presentación de la información financiera, de conformidad con las disposiciones vigentes.

5.

Establecer los procedimientos para el análisis y evaluación de necesidades y requerimientos presupuestales para las diferentes áreas de la entidad.

6.

Preparar y proyectar en coordinación con las diferentes dependencias de la Dirección Nacional la elaboración del proyecto de presupuesto y el programa anual de caja de la entidad.

7.

Elaborar y analizar los estados financieros de la entidad, preparar y rendir los informes requeridos por los organismos de control que lo requieran.

8.

Presentar propuestas de inversión, efectuar los análisis de rendimiento de los mismos y ejercer control sobre su vencimiento.

9.

Dirigir la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de la dependencia.

10.

Efectuar, tramitar y controlar los pagos de acuerdo con las normas legales vigentes.

11.

Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y que sean asignadas por las normas vigentes.

02

Constitutional history

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