° Los gastos que demanden los preparativos y celebración del Congreso de los Territorios Nacionales se sufragarán con los dineros que aporten los Ministerios a que se refiere el artículo 1° del presente Decreto, los institutos descentralizados, y los organismos públicos y privados que formen parte del Congreso, o que quieran contribuir para el mismo fin.
Article 4
Los Gastos Que Demanden Los Preparativos Y Celebración Del Congreso De Los Territorios Nacionales Se Sufragarán Con Los Dineros Que Aporten Los Ministerios A Que Se Refiere El Artículo 1° Del Presente Decreto, Los Institutos Descentralizados, Y Los Organismos Públicos Y Privados Que Formen Parte Del Congreso, O Que Quieran Contribuir Para El Mismo Fin
Decreto 1059 de 1965 · Por el cual se convoca el Primer Congreso de Territorios Nacionales
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