JurídicoESEN

Article 6

Los Servicios Especiales Y Con Carácter Remunerado Que Haya De Prestar La Banda De Músicos De La Institución, Deberán Ser Contratados En La Misma Forma Indicada En Los Artículos 3º Y 4º Del Presente Decreto, Sujetándose A Las Siguientes Disposiciones: Por Cada Hora De Servicios De La Banda $ 60

Decreto 776 de 1945 · Por el cual se modifica la tarifa de los servicios pagos de vigilancia, en la Policía Nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Los servicios especiales y con carácter remunerado que haya de prestar la Banda de Músicos de la institución, deberán ser contratados en la misma forma indicada en los artículos 3º y 4º del presente Decreto, sujetándose a las siguientes disposiciones: Por cada hora de servicios de la Banda $ 60.00 Será de cargo de la persona o entidad que solicite los servicios de la Banda de Músicos, el transporte del personal con su respectivo instrumental en vehículos cómodos, tanto de ida como de regreso e igualmente el respectivo alojamiento cuando los toques hayan de efectuarse fuera de la ciudad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 776 de 1945