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Article 3

Los Administradores Internos De Correos Quedan Obligados A Exigir A Los Sanos Destinatarios De Encomiendas, La Presentación De Las Libranzas Correspondientes A Las Encomiendas Que Les Lleguen, Con Las Estampillas Del Porte Debidamente Anuladas, Y Caso De Que Los Destinatarios No Las Presenten, Les Reclamarán El Pago De Los Portes En Estampillas Postales Que Adherirán Y Anularán En Memorial Que En Papel Sellado Deban Presentarle Para Solicitar La Entrega De Las Encomiendas

Decreto 827 de 1926 · Por el cual se reglamenta el despacho de encomiendas de efectos para los Lazaretos de la República

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01

Text of the article

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º. Los administradores internos de correos quedan obligados a exigir a los sanos destinatarios de encomiendas, la presentación de las libranzas correspondientes a las encomiendas que les lleguen, con las estampillas del porte debidamente anuladas, y caso de que los destinatarios no las presenten, les reclamarán el pago de los portes en estampillas postales que adherirán y anularán en memorial que en papel sellado deban presentarle para solicitar la entrega de las encomiendas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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