º. La Sección de Reglamentación y Armamento de la Policía Nacional, creada por el artículo 20 del Decreto número 505, de marzo 8 de 1940, será la Oficina encargada del manejo, custodia y control del armamento y munición a cargo de la Policía Nacional y de las demás fuerzas armadas no dependientes del Ministerio de Guerra. Llevará un kárdex general de la existencia total de ese armamento y munición, por dependencias, unidades y cuentas corrientes personales de los miembros de la Policía Nacional, que en virtud de los cargos que desempeñan, tienen tales elementos en su poder.
Article 1
La Sección De Reglamentación Y Armamento De La Policía Nacional, Creada Por El Artículo 20 Del Decreto Número 505, De Marzo 8 De 1940, Será La Oficina Encargada Del Manejo, Custodia Y Control Del Armamento Y Munición A Cargo De La Policía Nacional Y De Las Demás Fuerzas Armadas No Dependientes Del Ministerio De Guerra
Decreto 1544 de 1940 · Por el cual se reglamenta el manejo y custodia del armamento y munición a cargo de la Policía Nacional y demás fuerzas armadas del país, no dependientes del Ministerio de Guerra
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