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Article 31

Decreto 575 de 2002 · por el cual se reglamenta la prestación de los Servicios de Comunicación Personal PCS y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Plan de Utilización de Espectro . Después de cinco (5) años de otorgadas las concesiones, en aquellos municipios en donde el concesionario no esté utilizando el espectro radioeléctrico asignado o no tenga un plan de utilización para los cinco (5) años siguientes, el operador de Servicios de Comunicación Personal, PCS, perderá el permiso para el uso del espectro en esos municipios y el Ministerio de Comunicaciones podrá atribuir nuevamente y reasignar el espectro para la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Parágrafo

Se entenderá que existe un plan de utilización del espectro cuando el concesionario haya, a más tardar dentro de los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la finalización del 5º año de la concesión, sometido al Ministerio de Comunicaciones un plan para cubrir dichos municipios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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