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Article 24

Direcciones De Procesos De Liquidación I Y Ii

Decreto 1736 de 2020 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Sociedades.

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01

Text of the article

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Direcciones de Procesos de Liquidación I y II . Son funciones de las Direcciones de Procesos de Liquidación I y II las siguientes

1.

Conocer como juez de los procesos de liquidación judicial y de liquidación por adjudicación de deudores de conformidad con el procedimiento aplicable y en los términos de la normatividad vigente, conforme a los lineamientos que para el efecto establezca el Superintendente de Sociedades;

2.

Conocer como juez de los procesos de liquidación obligatoria que aún se encuentren vigentes;

3.

Decidir sobre el decreto y levantamiento de medidas cautelares sobre bienes de los sujetos en insolvencia;

4.

Resolver las objeciones contra los proyectos de calificación y graduación de créditos, asignación de derechos de voto e inventario valorado de bienes en garantía;

5.

Confirmar los acuerdos de adjudicación de conformidad con la normatividad vigente;

6.

Supervisar el cumplimiento de las funciones que les han sido asignadas a los auxiliares de la justicia que actúan como liquidadores de las sociedades que se encuentran en alguno de los procesos de su competencia, e imponer las sanciones a que haya lugar;

7.

Solicitar informes o reportes a los auxiliares de la justicia dentro de los procesos de su competencia;

8.

Objetar contratos celebrados por los auxiliares de la justicia dentro de los procesos de su competencia;

9.

Formular cargos, imponer sanciones, y remover de los procesos a los auxiliares de la justicia, dentro de los procesos de su competencia, cuando se den los supuestos para el efecto;

10.

Imponer sanciones a quienes incumplan sus órdenes, en la forma y cuantía dispuesta por la normatividad vigente, así como las que resulten del desconocimiento del régimen de insolvencia dentro de los procesos de su competencia;

11.

Aprobar la rendición de cuentas de los auxiliares de la justicia, dentro de los procesos de su competencia;

12.

Reconocer los presupuestos de ineficacia en los casos contemplados en la Ley 1116 de 2006, o en la norma que la modifique, aclare o sustituya, dentro de los procesos de su competencia;

13.

Resolver las solicitudes de ejecución concursal de la Ley 1676 de 2013 dentro de los procesos de su competencia;

14.

Dar respuesta e impugnar, cuando haya lugar a ello, las acciones de tutela relacionadas con asuntos de su competencia;

15.

Dar cumplimiento a lo ordenado a la Superintendencia por los jueces de tutela, en los asuntos de su competencia; y

16.

Las demás que le correspondan, de acuerdo con la ley, los reglamentos o la asignación que para el efecto haga el Superintendente de Sociedades.

02

Constitutional history

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