JurídicoESEN

Article 63

Integración

Decreto 1829 de 2013 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones de las Leyes 23 de 1991, 446 de 1998, 640 de 2001 y 1563 de 2012.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Integración . El Consejo Nacional de Conciliación y Acceso a la Justicia estará integrado por

1.

El Ministro de Justicia y del Derecho, que podrá delegar en cualquiera de sus Viceministros, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Trabajo.

3.

El Ministro de Educación o su delegado.

4.

El Procurador General de la Nación o su delegado.

5.

El Fiscal General de la Nación o su delegado.

6.

El Defensor del Pueblo o su delegado.

7.

El Presidente del Consejo Superior de la Judicatura o su delegado.

8.

El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su delegado.

9.

Dos (2) representantes de los Centros de Conciliación y/o arbitraje.

10.

Un (1) representante de los Centros de Conciliación de los consultorios jurídicos de las universidades.

11.

Un (1) representante de las casas de justicia.

12.

Un (1) representante de los notarios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1829 de 2013