Discusión y aprobación de los presupuestos. En la discusión y aprobación de los presupuestos de la Nación, de las entidades territoriales y de las entidades descentralizadas de cualquier orden, las partidas propuestas para las obligaciones contingentes a que se refiere el artículo 1 de la Ley 448 de 1998, se programarán dentro del servicio de la deuda pública y tendrán la prelación correspondiente a esta. De conformidad con el artículo 351, en concordancia con el 353 de la Constitución Política y el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, las partidas propuestas por este concepto, no podrán ser eliminadas ni disminuidas. (Art. 42 Decreto 423 de 2001)
Decreto 1068 de 2015 →In force
Article 2.4.1.3.2
Discusión Y Aprobación De Los Presupuestos
Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.