JurídicoESEN

Article 84

Decreto 664 de 1985 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 89 de 1984, reorgánico de la Carrera de oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Tramitación de cuentas de cobro. Para el reconocimiento y pago de los servicios prestados por los profesionales y las entidades particulares de que tratan los artículos 82 y 83 del presente decreto, deberán formularse y tramitarse las correspondientes cuentas de cobro de acuerdo con los procedimientos administrativos vigentes.

Parágrafo

El valor de los servicios a que se refiere el presente artículo, sólo se reconocerá y pagará cuando el carné del paciente se encuentre vigente al momento de requerirlos. El lleno de este requisito debe ser verificado en cada caso por la Entidad tramitadora de la cuenta y por la respectiva Jefatura de Sanidad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 664 de 1985