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Article 19

Normas De Aplicacion Supletoria

Decreto 2663 de 1950 · Sobre Código Sustantivo del Trabajo

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

1 ruling reviewed it1 conditionally upheld
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Text of the article

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Cuando no haya norma exactamente aplicable al caso controvertido, se aplican las que regulen casos o materias semejantes, los principios que se deriven de este Código, la jurisprudencia, la costumbre o el uso, la doctrina, los Convenios y Recomendaciones adoptados por la Organización y las Conferencias Internacionales del Trabajo, en cuanto no se opongan a las leyes sociales del país, los principios del derecho común que no sean contrarios a los del Derecho del Trabajo, todo dentro de un espíritu de equidad. (Aparte subrayado declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-401-05 , el entendido de que (i) no exista convenio aplicable directamente, como fuente principal o prevalente, al caso controvertido, y (ii) el convenio que se aplique supletoriamente esté debidamente ratificado por Colombia)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

  1. 2005
    C-401/05Constitutional review · «Los Convenios»UPHELD· conditionally
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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