°. Los empleados que se encuentran prestando sus servicios en la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social, que sean incorporados a cargos equivalentes de la planta de personal de la Entidad Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), no se les exigirán requisitos distintos a los ya acreditados. Quienes ingresen con posterioridad o cambien de empleo, deberán cumplir con los requisitos señalados en el manual específico de funciones y de competencias laborales, de conformidad con las normas que establecen las funciones y requisitos generales para los diferentes empleos públicos de las entidades públicas del orden nacional.
Article 4
Los Empleados Que Se Encuentran Prestando Sus Servicios En La Dirección De Administración De Fondos De La Protección Social Del Ministerio De Salud Y Protección Social, Que Sean Incorporados A Cargos Equivalentes De La Planta De Personal De La Entidad Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud (Adres), No Se Les Exigirán Requisitos Distintos A Los Ya Acreditados
Decreto 1433 de 2016 · por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Salud y Protección Social.
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