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Article 629

Traslado

Decreto 1400 de 1970 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Civil

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Traslado . Presentada la demanda con arreglo a la ley, el juez la admitirá y correrá traslado de ella como se dispone a continuación

1.

Tratándose de sociedad colectiva, de responsabilidad limitada, en comandita simple o de hecho, a los demás socios por cinco días.

2.

Tratándose de sociedad anónima, por treinta días a su representante, quien llevará la personería de los socios hasta cuando la asamblea de accionistas designe uno especial para el proceso, por acto en el cual no podrá votar el socio demandante. Copia en papel común de la demanda y del auto admisorio se enviará al revisor fiscal de la sociedad y a la superintendencia competente, a fin de que convoque asamblea general.

3.

Tratándose de sociedad en comandita por acciones, a los socios gestores y a los comanditarios, por cinco días.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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