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Article 25

Ley 58 de 1931 · Por la cual se crea la Superintendencia de Sociedades Anónimas y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Prohíbase a los Gerentes y miembros de la administración, llámese Junta Directiva, Administradora, Asesora, Consultiva, Consejo, Comité o de cualquier otra manera, comprar, vender o negociar en cualquier forma, ni por cualquier conducto, con acciones de la Sociedad en cuestión, mientras estén en desempeño de los cargos dichos.

Si por circunstancias especiales, ajenas a motivos de especulación, alguno de los funcionarios arriba expresados deseare comprar o vender acciones de la compañía, deberá dar cuenta a la Junta y obtener de ésta para cada operación, salvo el caso de que haya sido autorizada expresamente por la misma Junta por el voto de las cuatro quintas partes de sus miembros para celebrar negociaciones que por su especial carácter y urgencia hagan imposible la autorización especial en cada caso.

No quedan incluidas en la excepción contenida en este inciso las empresas de servicio público constituidas por Sociedades Anónimas.

El que infringiere esta prohibición, perderá todas sus acciones en favor de la Sociedad, previa decisión de la Superintendencia de Sociedades Anónimas, a petición de cualquier persona

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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