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Article 16

Son Funciones De La División De Tesorería: A) Recaudar Los Ingresos Y Efectuar El Pago De Los Gastos Del Fondo Por Todo Concepto, Previo Cumplimiento De Las Normas Y Procedimientos Establecidos Para El Efecto»; B) Manejar Las Cuentas Bancarias Del Fondo Y Velar Por La Adecuada Custodia De Los Documentos Negociables Y Títulos Valores Recibidos Bajo Su Responsabilidad; Presentar El Estado Diario De Caja Y Bancos; C) Elaborar Los Informes Sobre Situación Y Movimiento De Fondos De La Entidad, Y Presentarlos Oportunamente A La Subgerencia Financiera Y A Las Dependencias Y Organismos Pertinentes, Según Lo Establecido En Las Disposiciones Fiscales Y Administrativas; D) Velar Por El Cumplimiento De Los Mecanismos De Control Establecidos Y Suministrar La Información Que Se Requiera; E) Las Demás Que Le Sean Asignadas Y Correspondan A La Naturaleza De La Dependencia

Decreto 810 de 1986 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 de 1986, que establece la Estructura Orgánica del Fondo de Reconstrucción “Resurgir” y se determinan las funciones de sus dependencias.

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Text of the article

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Son funciones de la División de Tesorería

a)

Recaudar los ingresos y efectuar el pago de los gastos del Fondo por todo concepto, previo cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos para el efecto»;

b)

Manejar las cuentas bancarias del Fondo y velar por la adecuada custodia de los documentos negociables y títulos valores recibidos bajo su responsabilidad; presentar el estado diario de caja y bancos;

c)

Elaborar los informes sobre situación y movimiento de fondos de la entidad, y presentarlos oportunamente a la Subgerencia Financiera y a las dependencias y organismos pertinentes, según lo establecido en las disposiciones fiscales y administrativas;

d)

Velar por el cumplimiento de los mecanismos de control establecidos y suministrar la información que se requiera;

e)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. Subgerencia Administrativa

02

Constitutional history

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