El sorteo de los bonos se efectuará en presencia del gerente de la sociedad emisora, del representante legal de los tenedores de bonos y del funcionario que se designe como observador por la Comisión Nacional de Valores, si concurriere, quienes levantarán el acta correspondiente en la cual se dejará constancia del número, valor y serie de los títulos favorecidos en el sorteo. El acta deberá quedar en poder del representante de los tenedores de bonos, a fin de que expida a éstos las copias que le soliciten.
Article 52
El Sorteo De Los Bonos Se Efectuará En Presencia Del Gerente De La Sociedad Emisora, Del Representante Legal De Los Tenedores De Bonos Y Del Funcionario Que Se Designe Como Observador Por La Comisión Nacional De Valores, Si Concurriere, Quienes Levantarán El Acta Correspondiente En La Cual Se Dejará Constancia Del Número, Valor Y Serie De Los Títulos Favorecidos En El Sorteo
Decreto 1026 de 1990 · por el cual se modifica el régimen de emisión de bonos y se derogan los Decretos 1998 de 1972 y 1914 de 1983.
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