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Article 1

Resérvase Para El Establecimiento De Un Aeródromo Destinado Al Servicio De Aviones En Las Inmediaciones De La Ciudad De Riohacha, Departamento Del Magdalena, Una Extensión De Ochocientos Cinco (805) Hectáreas De Terrenos Baldíos, Aproximadamente, Comprendida Dentro De Los Siguientes Linderos: "desde Un Mojón-Punto (De Cemento) Marcado Con La Inscripción Ministerio De Guerra, Siendo Sobre La Carretera Riohacha-Santa Marta, A Una Distancia Aproximada De Cuatro (4) Kilómetros De La Población De Riohacha, En El Sitio Denominados "comejenes", En Line Recta Con Azimut De Doscientos Grados Treinta Minutos (88°30') Y Una Distancia De Tres Mil Doscientos Cuarenta (3240) A Un Tercer Mojón Con La Mismas Condiciones; De Este Punto En Línea Recta Y Con Azimut Doscientos Sesenta Y Ocho Grados Treinta Minutos (268°30') Hasta Encontrar La Carretera Riohacha-Santa Marta, Por Dicha Carretera Hasta El Primer Mojón Del Sitio Comejenes"

Decreto 1570 de 1945 · Por el cual se destinan unos terrenos baldíos

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Text of the article

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°. Resérvase para el establecimiento de un aeródromo destinado al servicio de aviones en las inmediaciones de la Ciudad de Riohacha, Departamento del Magdalena, una extensión de ochocientos cinco (805) hectáreas de terrenos baldíos, aproximadamente, comprendida dentro de los siguientes linderos: "Desde un mojón-punto (de cemento) marcado con la inscripción Ministerio de Guerra, siendo sobre la carretera Riohacha-Santa Marta, a una distancia aproximada de cuatro (4) kilómetros de la población de Riohacha, en el sitio denominados "Comejenes", en line recta con azimut de doscientos grados treinta minutos (88°30') y una distancia de tres mil doscientos cuarenta (3240) a un tercer mojón con la mismas condiciones; de este punto en línea recta y con azimut doscientos sesenta y ocho grados treinta minutos (268°30') hasta encontrar la carretera Riohacha-Santa Marta, por dicha carretera hasta el primer mojón del sitio Comejenes".

02

Constitutional history

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