º . Funciones y conformación Comité Técnico Interinstitucional. El Comité Técnico Interinstitucional tendrá como función la evaluación y aprobación de los proyectos que presente el Instituto para ser promocionados por el mismo. El Comité Técnico Interinstitucional estará conformado por profesionales técnicos, designados por los representantes legales de: (i) Unidad de Planeación Minera Energética UPME (ii) Ministerio de Minas y Energía (iii) Departamento Nacional de Planeación. Los miembros del Comité, de común acuerdo podrán invitar un representante de las empresas, asociaciones o gremios del área energética y/o un invitado de entidades de investigación, de acuerdo a las necesidades surgidas por el tipo de proyecto a desarrollar, para que participe con voz pero sin voto a las deliberaciones del mismo. La Presidencia del Comité será rotativa y la Secretaría Técnica del Comité, estará a cargo del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas, IPSE.
Decreto 1140 de 1999 →In force
Article 4
Decreto 1140 de 1999 · por el cual se transforma el Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, ICEL, en el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.