° Los candidatos que integren las listas a que se refiere el artículo anterior, deberán llenar los requisitos exigidos por el artículo 64 de la Ley 6ª de 1945, esto es: ser ciudadano colombiano, mayor de veinticinco (25) años, abogado titulado y versado en derecho del trabajo, gozar de buena reputación y no haber sido condenado en ningún tiempo a cumplir pena aflictiva.
Article 2
Los Candidatos Que Integren Las Listas A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Deberán Llenar Los Requisitos Exigidos Por El Artículo 64 De La Ley 6ª De 1945, Esto Es: Ser Ciudadano Colombiano, Mayor De Veinticinco (25) Años, Abogado Titulado Y Versado En Derecho Del Trabajo, Gozar De Buena Reputación Y No Haber Sido Condenado En Ningún Tiempo A Cumplir Pena Aflictiva
Decreto 2000 de 1952 · Por el cual se establece el procedimiento para la primera elección de los Magistrados del Tribunal Seccional del Trabajo de Córdoba
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