º El orden de colocación a partir del Cuarto Puesto se obtendrá mediante cuocientes con tres (3) decimales sin aproximación, dividiendo el factor cien (100) por el número de graduados de cada Escuela o Instituto, con exclusión del primero. Con los cuocientes que resulten se hacen las progresiones aritméticas para cada Escuela. Los números aritméticos progresivos de las Escuelas o Institutos que gradúen menor número de Oficiales, se intercalarán en la progresión correspondiente a la institución más numerosa. En caso de igualdad en los cuocientes o en el producto de la progresión, se tendrá en cuenta la antigüedad de las Fuerzas observándose el sistema de intercalación de puestos.
Decreto 73 de 1970 →In force
Article 4
El Orden De Colocación A Partir Del Cuarto Puesto Se Obtendrá Mediante Cuocientes Con Tres (3) Decimales Sin Aproximación, Dividiendo El Factor Cien (100) Por El Número De Graduados De Cada Escuela O Instituto, Con Exclusión Del Primero
Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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