JurídicoESEN

Article 1

Modificar El Artículo 9º Del Decreto 1778 De 1990, Que En Consecuencia Quedará Así: "traslado A Título De Cesión Del Fondo Agropecuario De Garantías Administrado Por El Banco De La República: El Banco De La República Le Trasladará A Finagro El Fondo Agropecuario De Garantías Que Esta Entidad Administrará

Decreto 1133 de 1992 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 16 de 1990 y se modifican los Decretos números 1778 y 2917 de 1990.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Modificar el artículo 9º del Decreto 1778 de 1990, que en consecuencia quedará así: "Traslado a título de cesión del Fondo Agropecuario de Garantías administrado por el Banco de la República: El Banco de la República le trasladará a Finagro el Fondo Agropecuario de Garantías que esta entidad administrará. Dicho traslado a título de cesión conlleva la entrega de los recursos disponibles a la entrada en vigencia de la Ley 16 de 1990, junto con los derechos y garantías derivados de los certificados expedidos por el Fondo, los demás activos de éste existentes hasta la fecha del traslado y las utilidades que el mismo registre al momento de la liquidación definitiva del contrato de administración celebrado entre la Nación y el Banco de la República, previo el trámite presupuestal referente a la apropiación y el acuerdo de gastos sin situación de fondos. Cumplido lo anterior, la Nación y el Banco de la República darán por terminado y liquidarán el contrato de administración del citado Fondo, celebrado en desarrollo de las autorizaciones otorgadas por la Ley 21 de 1985 y por el Decreto 1352 de 1986".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1133 de 1992