°. El Director de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, proveerá los empleos creados en el presente decreto mediante la incorporación directa que de los servidores de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional deban ser vinculados en esta entidad.
La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se aprueba en el presente Decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación del presente Decreto. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.