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Article 125

El Jefe De La Entidad Adoptará Anualmente El Plan De Incentivos Institucionales Y Señalará En Él Los Incentivos Pecuniarios Y Los No Pecuniarios Que Se Ofrecerán Al Mejor Empleado De Carrera De La Entidad, A Los Mejores Empleados De Carrera De Cada Nivel Jerárquico, A Los Mejores Equipos De Trabajo De La Entidad Y Al Mejor Empleado De Libre Nombramiento Y Remoción De La Misma, Escogido Entre Aquellos Que Pertenezcan A Los Niveles Ejecutivo, Profesional, Técnico, Administrativo U Operativo

Decreto 1572 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 443 de 1998 y el Decreto-ley 1567 de 1998.

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01

Text of the article

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El jefe de la entidad adoptará anualmente el plan de incentivos institucionales y señalará en él los incentivos pecuniarios y los no pecuniarios que se ofrecerán al mejor empleado de carrera de la entidad, a los mejores empleados de carrera de cada nivel jerárquico, a los mejores equipos de trabajo de la entidad y al mejor empleado de libre nombramiento y remoción de la misma, escogido entre aquellos que pertenezcan a los niveles ejecutivo, profesional, técnico, administrativo u operativo. Dicho plan se elaborará de acuerdo con los recursos institucionales disponibles para hacerlos efectivos, con los estudios realizados y con las preferencias de los empleados.

Parágrafo

Se entiende por equipo de trabajo el conjunto de empleados que en forma cooperativa desarrollan sus funciones contribuyendo de manera colectiva al cumplimiento de procesos y proyectos integrales, que implican la responsabilidad y la participación de sus miembros para conseguir el cumplimiento de planes y objetivos institucionales.

02

Constitutional history

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