JurídicoESEN

Article 2

Adiciónanse Los Estatutos De La Fundación Con Un Inciso A Continuación Del Artículo Décimo Primero, Del Siguiente Tenor: "el Presidente De La República Designará Síndico-Representante Legal, Con Su Suplente, De La Fundación, En Aquellos Casos En Que, Quien La Ejerza, Padezca, Incapacidad Física O Mental Que Lo Inhabilite Para Atender Sus Negocios Personales, Comprobada Mediante Certificación Expedida Por El Médico Tratante

Decreto 656 de 1986 · Por el cual se dictan medidas de inspección y vigilancia sobre una institución de utilidad común.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Adiciónanse los estatutos de la Fundación con un inciso a continuación del artículo décimo primero, del siguiente tenor: "El Presidente de la República designará síndico-representante legal, con su suplente, de la Fundación, en aquellos casos en que, quien la ejerza, padezca, incapacidad física o mental que lo inhabilite para atender sus negocios personales, comprobada mediante certificación expedida por el médico tratante. También podrá designar síndico-representante legal a una persona jurídica de reconocida solvencia moral y económica. En cual quiera de estos eventos la Junta Asesora prevista en el artículo décimo continuará ejerciendo las funciones indicadas en la sección primera del capítulo tercero de los presentes estatutos. Los designados mediante este procedimiento y la Junta Asesora durarán en el ejercicio de sus funciones hasta cuando cesen los motivos que produjeron su designación o se presente otra circunstancia contemplada en los estatutos".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 656 de 1986