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Article 27

Ley 44 de 1973 · Por la cual se aprueba el Convenio de Transporte por Agua de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, firmado en la ciudad de Montevideo el 30 de septiembre de 1966

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El presente Convenio queda abierto a la forma de los gobiernos de la República de Argentina, la República de los Estados Unidos del Brasil, la República de Colombia, la República de Chile, la República del Ecuador, la República de los Estados Unidos Mejicanos, la República del Paraguay, la República del Perú y la República Oriental del Uruguay, actuales Partes Contratantes del Tratado de Montevideo y será ratificado de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales.

Los instrumentos de ratificación serán depositados ante el Secretario Ejecutivo del Comité Ejecutivo Permanente de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, el cual comunicará la fecha del depósito a las Partes Contratantes firmantes del presente Convenio y a las que en su caso hayan adherido.

El Presente Convenio entrará en vigor sesenta días después del depósito del quinto instrumento de ratificación con relación a los cinco primeros países que lo ratifiquen y, para los demás signatarios, el sexagésimo día posterior al depósito del respectivo instrumento de ratificación.

El Secretario Ejecutivo notificará a las Partes Contratantes signatarias la fecha de la entrada en vigor del presente Convenio.

02

Constitutional history

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