Cuando se trate de proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación del sector agropecuario la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Corpoica) podrá estructurar, inscribir y presentar proyectos directamente al Órgano Colegiado de Administración y Decisión del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación y en caso de su aprobación, estos podrán ser ejecutables por Corpoica, en el caso de que el OCAD decida su ejecución a través de dicha entidad. Los proyectos que presente Corpoica deberán considerar además de los lineamientos y prioridades de los planes de desarrollo territoriales, otros elementos que maximicen la pertinencia de los mismos en términos de impacto para el sector agropecuario. Durante las fases de diseño y estructuración de los proyectos que presente Corpoica, deberá considerar las capacidades de Ciencia, Tecnología e Innovación de otros actores que puedan participar como aliados en el desarrollo de los mismos, tales como Cenis y otros con capacidades relevantes para el logro de los objetivos propuestos en los proyectos.
Decreto 2190 de 2016 →In force
Article 40
Decreto 2190 de 2016 · por el cual se decreta el Presupuesto del Sistema General de RegalÃas para el bienio del 1° de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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