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Article 5

Los Pagos De Las Secciones De Policía Acantonadas En Cartagena

Decreto 794 de 1913 · Por el cual se deroga el marcado con el número 730 de 1913, se crea un empleo y se fijan unos sobresueldos

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° Los pagos de las Secciones de Policía acantonadas en Cartagena. Caño de Loro, Barranquilla, San Andres, Cucuta, Pamplona. Tunja. Santa Rosa, Popayan y Manizales, los harán los Administradores de Hacienda: los de la Policía de Contratación, el Administrador del Lazareto, y los de la Policía de Muzo, el Administrador de las minas. Estos pasos se efectuarán de acuerdo con las remesas que les hará mensualmente el Habilitado y ciñéndose a las nóminas y listas de descuentos que les enviara con cada remesa el Pagador Central.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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