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Article 12

Todos Los Organismos Oficiales Del Orden Nacional, Centralizados Y Descentralizados, Están Obligados A Informar Oportunamente Al Departamento Administrativo Del Servicio Civil Las Vacantes Que En Ellos Se Creen, Y A Vincular En Las Mismas, Preferencialmente, A Las Personas Desvinculadas De La Empresa Ferrocarriles Nacionales De Colombia En Liquidación, Según Lo Establecido En Este Decreto

Decreto 1586 de 1989 · Por el cual se ordena liquidar la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia, se adoptan normas para su liquidación y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Todos los organismos oficiales del orden nacional, centralizados y descentralizados, están obligados a informar oportunamente al Departamento Administrativo del Servicio Civil las vacantes que en ellos se creen, y a vincular en las mismas, preferencialmente, a las personas desvinculadas de la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia en Liquidación, según lo establecido en este Decreto. No podrán oponerse válidamente a esta obligación las demás normas internas que restrinjan la provisión de cargos en los diversos organismos nacionales. A las personas que fueren vinculadas mediante contrato de trabajo no se les aplicarán las normas sobre período de prueba.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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