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Article 4

Los Documentos Enunciados En Los Dos Artículos Anteriores Serán Cuidadosamente Legajados Y Clasificados En Las Oficinas, Según La Naturaleza De Ellos, Y Se Conservarán En Armarios Cerrados, Estantes O Archivadores Especiales, Con Todas Las Precauciones Necesarias Para Prevenir La Posible Destrucción O Deterioro De Los Papeles, O Su Extravío Del Recinto De La Oficina

Decreto 68 de 1927 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con los archivos del servicio postal

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Los documentos enunciados en los dos artículos anteriores serán cuidadosamente legajados y clasificados en las oficinas, según la naturaleza de ellos, y se conservarán en armarios cerrados, estantes o archivadores especiales, con todas las precauciones necesarias para prevenir la posible destrucción o deterioro de los papeles, o su extravío del recinto de la oficina.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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