Al memorial en que se haga la solicitud de permiso, en el cual deberán expresarse con toda claridad los linderos del área pedida se acompañará un plano de ésta, en escala no menor de uno a cinco mil (1:5.000) firmado por un geólogo, ingeniero o topógrafo matriculado e inscrito en el Ministerio de Minas y Energía, con anotación de la longitud y rumbo de cualquiera de sus lados, relacionado a rumbo magnético y distancia, medida a tránsito o con cualquier otro aparato topográfico de precisión, con algún punto arcifinio fácilmente identificable que se encuentre a una distancia no mayor de cinco (5) kilómetros del vértice o punto al cual se ha referido y de la localización de las principales corrientes de agua que existan en la zona, así como de los demás accidentes topográficos que sirvan para su identificación.
Decreto 2477 de 1986 →In force
Article 110
Al Memorial En Que Se Haga La Solicitud De Permiso, En El Cual Deberán Expresarse Con Toda Claridad Los Linderos Del Área Pedida Se Acompañará Un Plano De Ésta, En Escala No Menor De Uno A Cinco Mil (1:5
Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.