Art. 11. Son funciones de la inspección local: 1ª Visitar tres veces por lo menos en el mes las escuelas públicas del Municipio; 2ª Las visitas de las escuelas se harán siempre en días y horas distintos, y sin dar previo aviso al Maestro; 3ª Los miembros de la Junta de la inspección local podrán alternarse en las visitas de las escuelas, a fin de que les sea menos gravoso el servicio que prestan; 4ª Informarán mensualmente al Inspector provincial sobre el estado de la Instrucción pública en el Municipio. En el informe se expresará el número de niños que han concurrido a la escuela, el número de visitas practicadas en el mes, las faltas observadas en la disciplina escolar, las providencias dictadas para corregirlas, los descuidos o negligencias de las autoridades municipales y los demás hechos que directa o indirectamente puedan tener alguna influencia en el progreso de la educación de los niños; 5ª Deben excitar a los empleados municipales a que cumplan con los deberes que les imponen las disposiciones dictadas sobre Instrucción primaria, denunciando a los Agentes del Ministerio fiscal las faltas que se cometan y que sean materia de juicio de responsabilidad; 6ª Darán cuenta inmediata al Inspector provincial cuando ocurran vacantes de maestros de las escuelas; 7ª Pueden solicitar ante el Inspector provincial la suspesión de los Maestros que se muestren omisos o morosos en el cumplimiento de sus deberes, pero con una documentación que testifique la necesidad de la suspensión; 8ª Finalmente, deben cumplir los encargos que se les impongan, de acuerdo con el presente Decreto.
Decreto 491 de 1904 →In force
Article 11
Decreto 491 de 1904 · por el cual se reglamenta la Ley 89 de 1903, sobre Instrucción pública.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.