°. Vigencia y modificación. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial, y modifica el
del artículo 2.2.6.1 .10.2 de la Sección 10 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo.