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Article 9

Funciones De Las Juntas Directivas

Decreto 1416 de 1990 · por el cual se dictan normas relativas a la organización y establecimiento de las modalidades y formas de participación comunitaria en la prestación de servicios de salud.

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01

Text of the article

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° Funciones de las Juntas Directivas. Además de las que se definan por la respectiva entidad territorial, las Juntas Directivas ejercerán las siguientes funciones

1.

Aprobar los planes y programas del organismo o entidad de salud, con base en el diagnóstico realizado con participación de la comunidad.

2.

Adoptar sus estatutos y todas las reformas y adiciones que a ellos se introduzcan, conforme a las disposiciones aplicables.

3.

Determinar la estructura orgánica interna del organismo o entidad de salud.

4.

Autorizar al representante legal del organismo o entidad para producir actos o celebrar contratos.

5.

Aprobar los planes y programas de funcionamiento e inversión y velar por su adecuada ejecución y desarrollo.

6.

Aprobar el presupuesto del organismo o entidad y las operaciones presupuestales de crédito.

7.

Definir los servicios, tarifas y cuotas de recuperación por servicios prestados de acuerdo con los grupos de población, su clasificación socioeconómica y los grados de complejidad.

8.

Regular el funcionamiento del Fondo Especial de Medicamentos y Suministros.

9.

Aprobar la planta de personal y los manuales de cargos y funciones y efectuar conforme a ellos los nombramientos, dando cumplimiento al régimen de carrera administrativa.

10.

Informar periódicamente al Comité de Participación Comunitaria, a la comunidad, a los trabajadores y empleados sobre las decisiones adoptadas y el resultado de la ejecución de los planes y programas.

11.

Presentar el plan o programa de salud a fin de que sea incluido por la respectiva entidad territorial en los planes de desarrollo.

12.

Concertar y coordinar con otras dependencias del sector y otros sectores públicos y privados, las actividades de atención a las personas y al ambiente, teniendo en cuenta la integración funcional.

13.

Fijar los días y horarios de atención según las necesidades de la comunidad, las normas de administración de personal y el nivel o grado de complejidad.

14.

Hacer cumplir las disposiciones legales que rigen el Sistema de Salud, así como las decisiones de las Direcciones Nacional, Seccional y Local.

15.

Las demás que legalmente le correspondan o que se le atribuyan en los actos de creación y organización.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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