Artículo quinto. Las partidas correspondientes a sueldos de la Escuela Nacional de Valsálice, de Fusagasugá (Cundinamarca), Granja Agrícola de Ríogrande (Turbo) y Escuela Vocacional Agrícola de Guavatá (Santander), serán giradas por conducto de los respectivos Administradores de Hacienda Nacional. Las partidas correspondientes a sueldos, pensiones alimenticias, Restaurante Escolar y servicio doméstico de las Escuelas Vocacionales Agrícolas clausuradas de Manaure (Magdalena), Jenesano (Boyacá), Toledo (Norte de Santander), Sumapaz (Andalucia- Tolima), Paipa (Boyacá) y Campesinas de Minea (Magdalena), serán pagadas por el Contador Pagador del Ministerio de Educación Nacional, lo mismo que las destinadas para sueldos y gastos varios de la Escuela Vocacional de Artes Domésticas de Bogotá, y la partida para alimentación del Internado Agrícola para Indígenas del Putumayo. Los fondos destinados para compra de maquinaria, dotación, equipos, semillas, insecticidas, fungeidas, abonos, drogas, combustibles, jornales, transportes, deportes, servicios de energía, servicios médicos y odontológicos para los alumnos, reparaciones locativas, instalación de talleres y demás gastos de todas las Escuelas Vocacionales Agrícolas y Vocacionales para Campesinas, del país, serán manejados por el Contador Pagador del Ministerio de Educación Nacional. Comuníquese y publíquese.
Decreto 874 de 1949 →In force
Article 5
Decreto 874 de 1949 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos de personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Vocacionales Agrícolas
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.