JurídicoESEN

Article 270

Requisitos Para La Inscripción De Las Organizaciones De Víctimas

Decreto 4800 de 2011 · por el cual se reglamenta la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Requisitos para la inscripción de las organizaciones de víctimas . Las organizaciones de víctimas al momento de solicitar su inscripción deberán acreditar los siguientes requisitos

1.

El documento de identidad del representante legal o delegado de la organización.

2.

Acta en donde conste la voluntad organizativa o asociativa de sus miembros.

3.

La certificación, comunicación, acta o instrumento que avale la solicitud de inscripción y que además exprese la voluntad de participación por parte de los integrantes de la organización.

4.

Diligenciar el formulario de inscripción.

Parágrafo 1

Las Personerías y la Defensoría del Pueblo constatarán la existencia de los documentos exigidos al momento de realizar la inscripción. Se garantizará la confidencialidad y custodia de la información suministrada.

Parágrafo 2

No habrá número límite de inscripción para las organizaciones de víctimas. En el caso de la inscripción y registro de las organizaciones a nivel departamental, se deberá acreditar, además de encontrarse inscritas en una mesa municipal, que la organización ha desarrollado previamente trabajo, intervenciones o acciones en dos o más municipios dentro de la jurisdicción departamental respectiva.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 4800 de 2011