JurídicoESEN

Article 4

De Las Funciones Del Superintendente

Decreto 638 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa de la Superintendencia de Sociedades

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Articulo 4° De las funciones del Superintendente. El Superintendente de Sociedades es agente del Presidente de la República y ejercerá las siguientes funciones

a)

Dirigir las actividades de la Superintendencia conforme a las instrucciones que imparta el Presidente de la República y desarrollar dentro de la órbita de su competencia las demás labores que éste le encomiende;

b)

Velar por el cumplimiento de las normas legales relativas a la entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma;

c)

Nombrar y remover el personal de la institución, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias;

d)

Presentar anualmente al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Desarrollo Económico, informe sobre funcionamiento general de la entidad, y el desarrollo y ejecución de sus planes y programas;

e)

Presentar igualmente al Presidente de la República y al Ministerio de Desarrollo Económico los informes adicionales que éstos le soliciten;

f)

Elaborar el proyecto de presupuesto de la Superintendencia y someterlo a consideración del Ministro de Desarrollo Económico para su incorporación en el presupuesto del Ministerio;

g)

Ordenar el reconocimiento y pago de las cuentas a cargo de la Superintendencia, y

h)

Las demás que le señalen las disposiciones legales y las que refiriéndose al funcionamiento de la Superintendencia no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 638 de 1974