Crédi tos suplementales y extraordinarios . Los créditos adicionales tanto ordenanzales como gubernamentales son de dos clases: suplementales y , ext raordinarios. Los suplementales afectan tanto a las rentas como a las apropiaciones y se harán durante la ejecución del presu puesto, cuando se hiciere indispensable complementar rentas o apropiaciones ya previstas por resultar, ellas insuficientes para ampliar los servicios existentes o dar cumplimiento a normas especiales. Los créditos extraordinarios afectan igual mente tanto a las rentas como a las apropiaciones y se harán durante la ejecución del presupuesto; cuando se hiciere necesario incorporar una nueva renta o recurso para atender un gasto imprescindible a juicio del Gobierno y que no hubiere sido votado en el presupuesto, inicial con el fin de dar cumplimiento a normas especiales establecer nuevos servicios o por calamidad pública. Los créditos adicionales tanto ordenanzales como gubernamentales se sujetarán a las normas contempladas en Ios artículos siguientes.
Decreto 2407 de 1981 →In force
Article 81
Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.