A los Diputados les está prohibido, otorgar o realizar homenajes a personas naturales o jurídicas que no sean de reconocimiento general o público. La Mesa Directiva hará un estudio completo sobre las hojas de vida y logros en beneficio de la comunidad de cada una de las personas propuestas. Los postulados para tales homenajes estarán sometidos a los requisitos establecidos en un reglamento especial que para estos efectos disponga la Mesa Directiva.
En todo caso los reconocimientos no podrán financiarse con recursos públicos.