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Article 4

) Sobre El Servicio De La Contabilidad De Las Oficinas De Manejo De Caudales Públicos

Decreto 18700325 de 1870 · estableciendo una Administración de Hacienda en Salamina i encomendando a esta a las de Manizáles y Cartago i a la principal de Popayán, la venta de la sal procedente de las Administraciones de salinas nacionales.

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Text of the article

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Art. 4.° La Administracion de salinas que reciba órden de la Secretaría de Hacienda i Fomento de hacer remesas de sal a las Administraciones de Hacienda de Salamina, Manizáles i Cartago i a la principal de Popayan, les comunicará las instrucciones indicadas en el artículo anterior, fijándoles en ellas el precio de venta i estableciendo las demas formalidades necesarias, como la de espedicion de guias a los compradores. De tales instrucciones, el Administrador de salinas remetirá copia auténtica al principal de Hacienda nacional en los Estados de Antioquia i Cauca, segun sea el caso, para que las tenga presentes al trasmitir las suyas al de Salamina, Manizáles i Cartago, conforme al decreto del Poder Ejecutivo de 10 de diciembre de 1869 ( artículo 96 ) sobre el servicio de la Contabilidad de las oficinas de manejo de caudales públicos. Iguales copias se remitirán a la Secretaría de Hacienda i Fomento para la aprobacion o reforma de las instrucciones. Cuando se hagan remesas de sal a la Administracion principal de Hacienda en Popayan, ésta cumplirá por su parte los deberes impuestos por el artículo 3.° a las Administraciones subalternas de Salamina, Manizáles i Cartago, i enviará semanalmente los productos de la venta a la Tesorería jeneral.

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Constitutional history

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