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Article 160

Presentación Y Contenido De La Demanda

Decreto 4633 de 2011 · por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales alas víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Presentación y contenido de la demanda. Una vez ingresada la solicitud en el registro y emitido el informe de caracterización, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas y la Defensoría del Pueblo tendrán un plazo de sesenta (60) días prorrogables por un período igual para presentar la demanda. Las comunidades por sí mismas o a través de sus organizaciones representativas, si aquellas las delegan, podrán presentar la demanda en cualquier tiempo. La demanda de restitución contendrá

1.

La identificación del solicitante y comunidad o comunidades titulares del territorio.

2.

La identificación del territorio con los siguientes datos: la ubicación, el departamento, municipio, corregimiento o vereda y cuando corresponda, la identificación registral, número de matrícula inmobiliaria e identificación catastral.

3.

Narración de los hechos.

4.

Las pretensiones.

5.

La relación y solicitud de práctica de pruebas que se pretenden hacer valer. Se anexará el informe de caracterización y demás piezas que este contenga.

6.

El domicilio o dirección para notificaciones. También contendrá los elementos señalados en los literales b) y c) del artículo 84 de la Ley 1448 de 2011 y d), e) y f) cuando corresponda. Adicionalmente, solicitará todas aquellas medidas necesarias y complementarias para garantizar a las víctimas de que trata el presente Decreto el goce efectivo de sus derechos territoriales colectivos.

Parágrafo

En caso de haberse identificado controversias sobre pretensiones territoriales en la caracterización de afectaciones, y estas no se hayan resuelto, en la misma demanda se solicitará un incidente de conciliación. Con este fin se aportarán los nombres de las partes y los demás anexos indicados para el efecto en informe de caracterización, incluyendo las direcciones o domicilios de las partes para citaciones y notificaciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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