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Article 18

Decreto 148 de 1984 · Por el cual se dictan normas sobre los servicios de transmisión de información codificada (datos) para correspondencia pública y se reglamentan parcialmente los artículos 184 y 186 del Decreto-ley 222 de 1983

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01

Text of the article

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Créase un Comité Asesor de Comunicaciones. compuesto por las siguientes personas

a)

El Ministro de Comunicaciones o su delegado;

b)

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado;

c)

El Presidente Ejecutivo del Centro Nacional de Informática, o su delegado;

d)

El Presidente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, o su delegado; f) El Director del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión, o su delegado; g) El Director de la Administración Postal Nacional, Adpostal, o su delegado; h) El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, o su delegado; i) El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, o su delegado.

Parágrafo

El Comité Asesor se reunirá por convocatoria del Ministro y sus funciones serán las siguientes

1.

Recomendar las características técnico-operacionales de los servicios que se establecerán, planes de transmisión, tipos de canales a suministrar, calidad de los canales, planes de interconexión.

2.

Estudiar las características de interconexión entre las facilidades de transmisión: - Conmutación de información codificada locales y las facilidades de transmisión. - Conmutación de información codificada de larga distancia nacional e internacional.

3.

Estudiar y formular un proyecto global que contemple la introducción de las facilidades de transmisión-conmutación de información codificada (datos) a nivel local, nacional e internacional.

4.

Revisar y calcular los valores de las inversiones y los costos anuales de administración, operación y mantenimiento de los equipos comprometidos por las entidades descritas en el artículo 3º del presente Decreto, con el objeto de recomendar las tarifas de los servicios y las respectivas participaciones.

5.

Recomendar los sistemas, equipos y procedimientos que considere convenientes para la normalización en la prestación de los servicios de transmisión de información codificada (datos).

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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