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Article 1

Con Imputación A Los Artículos De La Ley De Apropiaciones Vigente, Fíjanse Las Siguientes Partidas Mensuales, Desde El Día Primero De Mayor Capítulo 36, Artículo 166; (Alimentación, Lavado Y Peluquería)

Decreto 806 de 1931 · Por el cual se modifica el Decreto número 514, sobre distribución de partidas del presupuesto del Ministerio de Guerra

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º Con imputación a los artículos de la Ley de Apropiaciones vigente, fíjanse las siguientes partidas mensuales, desde el día primero de mayor Capítulo 36, artículo 166; (alimentación, lavado y peluquería). Por cada individuo de tropa del Batallón de Infantería Cartagena número 7 $ 12 Por cada individuo del personal auxiliar, cuyo sueldo sea menor de $ 30, del mismo Batallón 12 Capítulo 36, artículo 167 (alímeritaición, sanidad y herraje de ganado). Por cada caballo o yegua de servicio del Escuadrón de Caballería Maza 7 Capítulo 37, artículo 170 (conservación y limpieza de armamento en mano) . Para la guarnición de la Compañía Colonizadora del Amazonas 4 Para el Batallón de Infantería Santander 11 Capítulo 37, artículo 177 (útiles de escritorio y material). Para la guarnición de la Compañía Colonizadora del Amazonas 6 Capitulo 38; artículo 191 (drogas y útiles de enfermería). Para cada uno de los Batallones de Infantería Ricaurte , Santander, Nariño, Cartagena, Girardot y Pichincha 60 Para la guarnición de la Compañía Colonizadora del Amazonas 30

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Constitutional history

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