° El día último de cada mes los Tesoreros Municipales avisarán al respectivo Administrador Departamental de Hacienda Nacional el monto de lo que hubieren recibido por tal Impuesto, deducida su eventualidad, á fin de que este empleado pueda ordenar á aquéllos el envío de tales fondos á la capital del Departamento, ó la retención de ellos en su poder para el pago de gastos nacionales, cuando hayan de hacerse en la misma localidad.
Article 2
El Día Último De Cada Mes Los Tesoreros Municipales Avisarán Al Respectivo Administrador Departamental De Hacienda Nacional El Monto De Lo Que Hubieren Recibido Por Tal Impuesto, Deducida Su Eventualidad, Á Fin De Que Este Empleado Pueda Ordenar Á Aquéllos El Envío De Tales Fondos Á La Capital Del Departamento, Ó La Retención De Ellos En Su Poder Para El Pago De Gastos Nacionales, Cuando Hayan De Hacerse En La Misma Localidad
Decreto 167 de 1909 · Por el cual se fijan unos sueldos eventuales
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