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Article 33

Son Funciones De La División De Contabilidad: A) Elaborar Y Orientar Los Programas, Manuales, Reglamentos E Instrucciones En Materia Contable Para Las Unidades Correspondientes De Las Administraciones De Impuestos Nacionales; B) Elaborar Los Manuales De Procedimiento Y Establecer Las Guías De Supervisión Para El Control De Los Programas Adoptados; C) Controlar El Cumplimiento De Los Programas, Manuales, Reglamentos E Instrucciones En Las Unidades Correspondientes De Las Administraciones De Impuestos Nacionales, E Impartir Las Instrucciones Para Corregir Las Irregularidades Que Se Presenten; D) Determinar Y Preparar La Información Que Requiera De Procesamiento Automático, Y Controlar Los Procedimientos Tendientes A Corregir Los Errores E Inconsistencias Que Se Registren; E) Centralizar Las Cuentas De Los Balances Mensuales Y Conciliar El Balance Anual De Los Movimientos Contables De Las Administraciones De Impuestos Nacionales; F) Impartir Instrucciones Sobre El Cumplimiento De Las Normas Contables Expedidas Por La Contraloría General De La República Y Proponer Las Modificaciones Al Sistema Contable Que Se Consideren Necesarias Para Su Funcionamiento Eficaz; G) Elaborar Los Procedimientos De Registro Sobre El Manejo De Los Recaudos Efectuados Por Entidades Diferentes A La Dirección General; H) Elaborar Los Procedimientos De Registro Sobre La Retención En La Fuente, A Fin De Facilitar Su Aplicación, Devolución, Traslado De Saldos Y Envío De Relaciones; I) Proyectar Y Diseñar Formas Y Formularios Para El Cumplimiento De Las Funciones Contables Y Someterlas A Aprobación De La Contraloría General De La República; J) Programar, Ejecutar Y Conservar La Estructuración Del Banco De Datos Relativo A La Ejecución Activa Del Presupuesto Nacional, Y K) Absolver Las Consultas, Que En Relación Con La Ejecución De Los Programas Establecidos, Formulen Las Unidades Correspondientes De Las Administraciones De Impuestos Nacionales

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

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Son funciones de la División de Contabilidad

a)

Elaborar y orientar los programas, manuales, reglamentos e instrucciones en materia contable para las unidades correspondientes de las Administraciones de Impuestos Nacionales;

b)

Elaborar los manuales de procedimiento y establecer las guías de supervisión para el control de los programas adoptados;

c)

Controlar el cumplimiento de los programas, manuales, reglamentos e instrucciones en las unidades correspondientes de las Administraciones de Impuestos Nacionales, e impartir las instrucciones para corregir las irregularidades que se presenten;

d)

Determinar y preparar la información que requiera de procesamiento automático, y controlar los procedimientos tendientes a corregir los errores e inconsistencias que se registren;

e)

Centralizar las cuentas de los balances mensuales y conciliar el balance anual de los movimientos contables de las Administraciones de Impuestos Nacionales;

f)

Impartir instrucciones sobre el cumplimiento de las normas contables expedidas por la Contraloría General de la República y proponer las modificaciones al sistema contable que se consideren necesarias para su funcionamiento eficaz;

g)

Elaborar los procedimientos de registro sobre el manejo de los recaudos efectuados por entidades diferentes a la Dirección General;

h)

Elaborar los procedimientos de registro sobre la Retención en la Fuente, a fin de facilitar su aplicación, devolución, traslado de saldos y envío de relaciones;

i)

Proyectar y diseñar formas y formularios para el cumplimiento de las funciones contables y someterlas a aprobación de la Contraloría General de la República;

j)

Programar, ejecutar y conservar la estructuración del Banco de Datos relativo a la ejecución activa del Presupuesto Nacional, y

k)

Absolver las consultas, que en relación con la ejecución de los programas establecidos, formulen las unidades correspondientes de las Administraciones de Impuestos Nacionales. SUBDIRECCION JURIDICA

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Constitutional history

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