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Article 11

Ley 135 de 1961 · Sobre reforma social agraria

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Consejo Social Agrario estará integrado por los siguientes miembros:

Ministro de Agricultura, quien lo presidirá.

Ministro de Educación Nacional.

Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

Ministro de Salud Pública.

Ministro de Obras Públicas. J

efe del Departamento Nacional de Planeación.

Gerente General de la Federación Nacional de Cafeteros.

Un representante de las Cooperativas Agropecuarias.

Dos representantes de las Organizaciones de Trabajadores Rurales elegidos por el Gobierno de listas que ellas presenten.

Un representante de la Sociedad de Agricultores de Colombia.

Un representante de la Federación Nacional de Ganaderos.

La Secretaría Técnica del Consejo Social Agrario estará a cargo del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria

El Gobierno reglamentará la manera como se llevará a cabo la elección de los Miembros del Consejo, en los casos en que a ello haya lugar.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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