-Toda Licencia Que Se Otorgue Debe Referenciar A Un Solo Producto Y Contendrá Lo Siguiente: A) Número De Las Licencia; B) Número Y Fecha De La Resolución Que Autorizó Su Concesión; Continuación Del Decreto: "por El Cual Se Reglamenta La Fabricación, Importación Y Venta De Drogas, Alimentos Con Indicaciones Terapéuticas Y Cosméticos; Se Fija El Valor De Los Derechos De Análisis O De Estudio Para Su Licenciamiento Y Se Dictan Otras Disposiciones"
Decreto 2228 de 1962 · Por el cual se reglamenta la fabricación, importación y venta de drogas, alimentos con indicaciones terapéuticas y cosméticos; se fija el valor de los derechos de análisis o de estudio para su licenciamiento, y se dictan otras disposiciones (segunda publicación, por haberse agotado la edición del diario oficial 30877 del 18 de agosto de 1962, donde apareció originalmente)
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
°. -Toda licencia que se otorgue debe referenciar a un solo producto y contendrá lo siguiente
a)
Número de las licencia;
b)
Número y fecha de la Resolución que autorizó su concesión; Continuación del Decreto: "Por el cual se reglamenta la fabricación, importación y venta de drogas, alimentos con indicaciones terapéuticas y cosméticos; se fija el valor de los derechos de análisis o de estudio para su licenciamiento y se dictan otras disposiciones".
c)
Nombre del solicitante y de su apoderado;
d)
Nombre del producto;
e)
Forma farmacéutica del producto;
f)
Fórmula del producto;
g)
Indicaciones terapéuticas autorizadas para el producto por el Comité Científico, y condiciones de su venta;
h)
Fecha de vencimiento; y,
i)
Firmas de los Jefes de la Sub-División de Drogas, Alimentos y Cosméticos y de la Sección Jurídica y de Licenciamiento.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.