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Article 1

Pasar Al Régimen De Licencia Previa Los Productos Clasificados Por Las Siguientes Subpartidas Arancelarias Y Su Descripción, Para Las Importaciones Originarias Y Provenientes De Los Países Miembros De La Comunidad Andina: 15

Decreto 2130 de 2003 · por medio del cual se dictan medidas relacionadas con el comercio de aceites y sus derivados.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Pasar al régimen de Licencia Previa los productos clasificados por las siguientes subpartidas arancelarias y su descripción, para las importaciones originarias y provenientes de los Países miembros de la Comunidad Andina: 15.07.90.00.90: Aceite de soya refinado, pero sin modificar químicamente. 15.12.19.00.00: Aceite de girasol o cártamo refinado, pero sin modificar químicamente. 15.17.90.00.00. Mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones de la partida 15.16.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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