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Article 28

Del Código De Minas, Es Decir, Un Cuadrado De Cinco Kilómetros De Base, Se Pagarán Doscientos Cincuenta Pesos ($ 250) Anuales

Decreto 722 de 1902 · Por el cual se reglamenta el impuesto sobre denuncios, títulos, posesión y explotación de las minas de metales preciosos y los correspondientes derechos de exportación

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Art. 5.°. Por cada mina de oro corrido con la extensión que le señala el artículo 28 del Código de Minas, es decir, un cuadrado de cinco kilómetros de base, se pagarán doscientos cincuenta pesos ($ 250) anuales. Las minas de mayor ó menor extensión pagarán lo que les corresponda, proporcionalmente; pero el impuesto no bajará de ciento cincuenta pesos ($ 150) anuales, aunque la mina sea de menores dimensiones.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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